Contacto   Mapa Web 
  ADMINISTRACION   Estatutos Español · Français
| Artículo 1 à 10 | Artículo 11 à 20 | Artículo 21 à 32 |
Art.11, Art.12, Art.13, Art.14, Art.15, Art.16, Art.17, Art.18, Art.19, Art.20

ARTÍCULO 11.

EL SOCIO DADO DE BAJA, CASO DE SERLO TEMPORALMENTE POR ACUERDO DEL CONSEJO DIRECTIVO, PERDERÁ TODOS SUS DERECHOS PARA CON LA SOCIEDAD, ASÍ COMO LAS CANTIDADES SATISFECHAS EN CONCEPTO DE CUOTAS SIN DERECHO O RECLAMACIÓN ALGUNA.

ARTÍCULO 12.

EL CONSEJO DIRECTIVO ESTARÁ COMPUESTO DE PRESIDENTE, VICE-PRESIDENTE, SE CRETARIO, TESORERO, CONTADOR, VICE-SECRETARIO, Y CUATRO VOCALES, SI BIEN ESTOS PUEDEN AMPLIARSE O DIMINUIRSE, SIEMPRE Y CUANDO ESTO SEA PARA LA BUENA MARCHA Y ADMINISTRACIÓN DE LA ENTIDAD.

ARTÍCULO 13.

EL CONSEJO DIRECTIVO SERÁ ELEGIDO POR LOS SEÑORES SOCIOS EN LA ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA, CONVOCADA POR ESTA FINALIDAD POR SIMPLE MAYORIA DE VOTACION.
LA DURACION DEL CONSEJO SERÁ DE DOS AÑOS SI BIEN ANUALMENTE SE RENOVA RÁN LA MITAD DE SUS COMPONENTES HECHA EXCEPCIÓN DEL PRESIDENTE, SECRE- TARIO Y DEL TESORERO, QUE DESARROLLARÁN SUS FUNCIONES DIRECTIVAS DURANTE LOS AÑOS DEL CONSEJO. EN CONSECUENCIA, LA ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA SE CELEBRARÁ CADA AÑO PARA CONSTITUIR O RENOVAR EL CONSEJO DIRECTIVO EN EL TRANSCURSO DEL PRIMER TRIMESTRE DEL AÑO

ARTÍCULO 14.

EL CONSEJO DIRECTIVO, PARA EL BUEN FUNCIONAMIENTO DE LA SOCIEDAD, SE REUNIRÁ UNA VEZ SEMANALMENTE Y SIEMPRE QUE LAS CIRCUNSTANCIAS ASI LO EXIGIERAN

ARTÍCULO 15.

PARA PODER CELEBRAR SESIÓN DEL CONSEJO DIRECTIVO SERÁ PRESISO LA ASISTENCIA DE CUATRO MIEMBROS DEL CONSEJO DIRECTIVO ENTRE ELLOS EL SR. PRESIDENTE.

ARTÍCULO 16.

SERÁN FUNCIONES DEL PRESIDENTE: EL GOBIERNO DE LA SOCIEDAD Y SU REPRESENTACIÓN LEGAL Y OFICIAL, PRESIDIR LAS REUNIONES Y HACER CUMPLIR LOS ACUERDOS ADOPTADOS POR EL CONSEJO DIRECTIVO.

ARTÍCULO 17.

SERÁN FUNCIONES DEL VICE-PRESIDENTE: LAS QUE CORRESPONDEN AL PRESIDENTE EN CASO DE AUSENCIA O EMFERMEDAD, EN ORDEN AL ESCALAFÓN DE SU CARGO, A LAS QUE FUEREN DELEGADAS.

ARTÍCULO 18.

CORRESPONDEN AL TESORERO: LA CUSTODIA DE FONDOS, EFECTUAR LOS PAGOS ACORDADOS POR EL CONSEJO DIRECTIVO, LLEVAR UN LIBRO DE CAJA, PRESENTAR MENSUALMENTE UN ESTADO DE CUENTAS AL CONSEJO DIRECTIVO REGISTRAR Y CONSERVAR LOS DOCUMENTOS DE PAGO Y COBRO DAR PARTE AL CONSEJO DIRECTIVO DE LOS ATRASOS DE LOS SEÑORES SOCIOS EN EL PAGO DE LA CUOTAS.

ARTÍCULO 19.

CORRESPONDE AL CONTADOR: EXTENDER LOS RECIBOS DE LOS SEÑORES SOCIOS, LIQUIDAR CON EL SEÑOR RECAUDADOR, LLEVAR EL LIBRO EN EL QUE CONSTEN LOS RECIBOS SATISFECHOS Y ADEUDADOS.

ARTÍCULO 20.

CORRESPONDE AL SECRETARIO: EXTENDER Y CERTIFICAR LAS ACTAS DEL CONSEJO DIRECTIVO. EXTENDER Y FIRMAR LOS DOCUMENTOS DE CARACTER OFICIAL, EXTENDER FIRMAR Y ORDENAR Y QUE SEAN EXPUESTOS LOS ACUERDOS DEL CONSEJO DIREC- TIVO EN LA TABLILLA OFICIAL, PARA CONOCIMIENTO DE LOS SEÑORES ASOCIADOS, LLEVAR UN LIBRO DE REGISTRO DE SOCIOS CON SUS DOMICILIOS RESPECTIVOS.